Es el conjunto de reglas destinadas a la
aplicación de normas de derecho a cosas particulares, con el fin de esclarecer
una situación jurídica dudosa. Así pues, el Derecho Procesal es un conjunto de
normas que regulan el debido proceso; ocupándose también de la competencia y
actividad de los jueces.
El objeto del Derecho Procesal Penal radica
en el esclarecimiento del hecho denunciado, además de obtener, mediante la
intervención del órgano jurisdiccional, la declaración de una certeza positiva
o negativa de la pretensión punitiva del Estado, a través del MP.
Lo Fija la jurisdicción del juez; Vincula a las partes a un órgano
jurisdiccional;Sujeta a los terceros a un órgano jurisdiccional; Abre el
periodo de preparación del proceso.
Es la primera parte del proceso en que se recogen y
coordinan las pruebas con sujeción a las normas procésales, se prepara
el material indispensable para la apertura del juicio, proporcionando al
juez las pruebas que han de servirle para dictar su fallo; y al M.P. y a
la defensa, los elementos necesarios para fundar sus conclusiones.
Podemos definir el derecho procesal penal como la rama del derecho
público interno encargada del estudio de los principios, instituciones y
normas que regulan la actividad procesal destinada a la aplicación de
la ley penal.
El derecho procesal penal contiene dos aspectos fundamentales: uno
relativo a la parte dogmática, que comprende el análisis,
sistematización y crítica de los principios y categorías procesales, y
otro relativo al conjunto normativo que regula el proceso penal. El
primero tiene una perspectiva científica y el segundo una perspectiva
normativa.
El Derecho Procesal es un conjunto de normas que
regulan los tres pilares del debido proceso, con la única finalidad de
la aplicación de las leyes de fondo, o derecho sustancial.
El
Derecho Procesal se ocupa también de la competencia, y la regula; así
como la actividad de los jueces. Asimismo, materializa la ley de fondo
en la sentencia.
En el Derecho Procesal Penal también existe un
conjunto de normas que regulan el proceso desde el inicio hasta la
finalización del proceso. Tiene la función de investigar, identificar, y
sancionar (si fuese necesario) las conductas que constituyen delitos,
evaluando las circunstancias particulares de cada caso concreto.
El
Derecho Procesal Penal es aquélla disciplina jurídica encargada de
proveer de conocimientos teóricos, prácticos y técnicos necesarios para
comprender y aplicar las normas jurídicas-procesal-penales, destinadas a
regular el inicio, desarrollo y culminación de un Proceso Penal.
En síntesis, es el conjunto de normas jurídicas que regulan el desarrollo del Proceso Penal.
El derecho de procedimientos
penales tiene como elementos principales el ser: público, interno,
instrumental, formal, adjetivo, accesorio, autónomo y científico.
Publico.- Porque regula las relaciones que se entablan entre el
estado y los particulares infractores del ordenamiento penal para armonizar la
acción de los órganos jurisdiccionales con los del individuo.
Interno.- Debido a que sus disposiciones se dirigen a tutelar la
conducta de una determinada colectividad para la cual han sido dictadas.
Instrumental.- Porque sirve para llevar a cabo la actualización de
la pena.
Formal.- Porque es complemento indispensable del Derecho penal que
se ha considerado como material.
Adjetivo.- Debido a que tiene normas que regulan la utilización de
los aparatos del estado que aplican el Derecho.
Accesorio.- Porque se actualiza hasta que se ha cometido el delito
para hacer posible la pretensión punitiva y provocar la imposición de la pena
prevista para el caso concreto.
Autónomo.- Debido a que es independiente a pesar del carácter de
accesorio atribuido a sus disposiciones, y a la relación que mantiene con otras
ramas del Derecho.
Científico.- Toda vez que el derecho procesal constituye no sólo el
puente de unión entre los intereses del individuo y los del estado, sino más
bien es un conjunto ordenado de principios cuyo objeto no sólo se muestra como
medio de realización del derecho sino como fin que persigue el conocimiento de
lo que es proceso penal desde el punto de vista objetivo y subjetivo.